EPÍLOGO
El Gran Recaudador
En los casi cuarenta días que van desde su publicación el 31 de enero hasta el 11 de marzo de 2013, la investigación judicial sobre la información de las catorce fotocopias de Luis Bárcenas ha estado prácticamente paralizada. La apertura de diligencias informativas por parte de la Fiscalía Anticorrupción ha tenido un alcance muy limitado. La Fiscalía y el juez Pablo Ruz, a cargo del Juzgado de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional, rechazan enseguida una iniciativa del Partido Socialista de Valencia, personado como acusación en el caso Gürtel, para investigar los Papeles de Bárcenas en dicho sumario, por sus conexiones con la trama. Las cosas empiezan a cambiar el 28 de febrero.
Ese día, cae en el Juzgado de
Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional, por reparto, una querella del
partido Izquierda Unida contra Bárcenas y otras catorce personalidades del Partido
Popular que presuntamente recibieron sobresueldos o complementos salariales y empresarios
que realizaron donaciones anónimas presuntamente ilegales. El juez Javier Gómez
Bermúdez abre diligencias previas el 1 de marzo. Y el 11 de marzo admite la
querella a trámite. Aparte de Bárcenas y Álvaro Lapuerta, aparecen como
querellados los empresarios que han hecho los donativos. Gómez Bermúdez centra
la investigación en los presuntos corruptores, antes de abordar la situación de
los presuntos receptores de los fondos. A su juicio, se trata de determinar la
relación entre los donativos y la adjudicación de obras públicas: «Lo que
investiga este juez es si la contabilidad supuestamente opaca de Bárcenas publicada
por El País recoge ingresos hechos por
empresarios al PP a cambio de contratas públicas de Administraciones gobernadas
por el partido», dice en su auto.
En otros términos, Gómez Bermúdez considera
que los Papeles
de Bárcenas, que sirven de
base a la querella de Izquierda Unida, son una fuente de información. El
cometido de la actividad judicial no debe dirigirse tanto a adverar esos
papeles sino a profundizar los datos que aportan sobre los presuntos donantes y
beneficiarios de obra pública, por una parte, y a indagar si esas cantidades
eran distribuidas entre la cúpula del PP para influir en sus decisiones
respecto a la adjudicación de obra pública. «La percepción de cantidades por
los altos cargos del PP correspondería –prima facie- a la fase de agotamiento de un delito de cohecho,
cuya existencia es preciso acreditar indiciariamente mediante la investigación judicial»,
dice el juez.
Por ello, el juez admite
parcialmente la querella el 11 de marzo de 2013. Incluye de la cúpula del PP
solamente a los extesoreros nacionales. Bárcenas y Lapuerta. Y junto a ellos a
diez empresarios. Y, entre ellos, a Pablo Crespo, el segundo de Correa en la
trama Gürtel, por haber hecho, como los demás empresarios,
donativos al PP.
Gómez Bermúdez, pues, inicia la investigación
del caso Barcenas, en la hipótesis de que la trama Gürtel forma parte de él en tanto que ha
aportado dinero al Partido Popular, también a cambio de adjudicación de obras públicas
y otros negocios. El juez indica las diligencias que se derivan de su decisión:
declaración de los querellados, empezando por Bárcenas y Lapuerta, los días 25,
26 y 27 de marzo, aportación antes del 19 de marzo de la relación de obras y en
general contratos públicos de los que hayan sido beneficiarios entre 2002 y
2009 por Administraciones gobernadas por el PP, requiere al PP para que en el
plazo «improrrogable de siete días» aporte copia o relación de ingresos por el concepto
de donaciones que haya recibido de los empresarios Alfonso García Pozuelo, de Constructora
Hispánica; Juan Miguel Villar Mir, de OHL; José Luis Sánchez Domínguez, del
grupo Sando; Luis del Rivero, expresidente de Sacyr Vallehermoso; Manuel
Contreras Ramos y Manuel Contreras Caro, de AZVI; Pablo Crespo, de la red Gürtel; Sedesa; Copasa; Copisa, Aldesa; José
Mayor Oreja, de Fomento de Construcciones y Contratas (FCC); Mercadona; Ignacio
Ugarteche, de Urazca; Antonio Vilella, de Construcciones Rubau.
La Fiscalía Anticorrupción y el juez
Ruz han rechazado hasta este momento investigar los papeles de Bárcenas como
parte del caso Gürtel, según ha solicitado la acusación del
Partido Socialista de Valencia. También la acusación particular del PP se
opone.
Sostienen que no hay conexidad entre
los citados papeles y el caso Gürtel.
Pero, ahora que ha irrumpido Gómez Bermúdez,
cambian de criterio. El juez Ruz pide un informe a la Policía Judicial para ver
si hay puntos en común. La Policía aporta las relaciones económicas de las
empresas de Gürtel con ciertos pagos al PP y destaca la
presencia de empresarios vinculados a Gürtel que también figuran en los Papeles de Bárcenas. La Fiscalía Anticorrupción propone que
los Papeles
de Bárcenas sean una pieza separada
dentro del caso Gürtel. Y al tiempo pide a Gómez Bermúdez
que se inhiba a favor de Ruz.
El Partido Popular se ha opuesto a vincular
los Papeles con el caso Gürtel. Y cuando el juez Ruz asume el
nuevo punto de vista de la Fiscalía Anticorrupción, el PP presenta un recurso
de reforma ante el propio juez y otro de apelación ante la sala de lo Penal de
la Audiencia Nacional para impedir la pieza separada. Pero, ante la aparición
de Gómez Bermúdez, cambia sorpresivamente de criterio.
Retira su recurso de apelación y
apoya a Ruz como juez instructor. El PP razona que es el mal menor.
Los abogados de los principales imputados
siguen buscando el «giro copernicano» por el que apuesta desde el comienzo de
las investigaciones Federico Trillo, ahora embajador de España en Londres.
Quienes allí le consultan comprueban
que no ha variado de criterio. Hay que seguir la jurisprudencia reciente del
Tribunal Constitucional, recomienda, en relación a la inconstitucionalidad de
la grabación con cámaras ocultas, que viene como anillo al dedo a las
grabaciones, asegura, de José Luis Peñas, que dan origen a la causa Gürtel.
¿Y Bárcenas? Su proximidad al grupo
de comunicación Intereconomía es cada vez mayor. El 11 de marzo, el diario La Gaceta, que pertenece a ese grupo, publica
una información a toda portada según la cual el juez Pedreira, enfermo en un
estado virtualmente cercano al coma (padece anoxia cerebral, o ausencia de
oxígeno) tras el ataque que sufre el 8 de septiembre de 2012, durante la celebración
de la fiesta de boda de su hijo, se reunía durante el proceso de instrucción
del caso Gürtel con imputados en la «sacristía de una
parroquia del distrito de Chamartín». Habla de «Jesús Merino, o los Galeote, o
incluso Luis Bárcenas», pero no se atreve a decir claramente que se han reunido
allí. Es un quiero y no puedo. Mencionan la fiesta de cumpleaños del
catedrático Manuel Lozano a la que acuden el juez Pedreira y Esteban González
Pons. Y dicen que estos hechos perfilan la nulidad de las actuaciones. El «giro
copernicano» de Trillo, vaya. González Pons estima que, dada la creciente
cercanía de Bárcenas al grupo Intereconomía, la filtración de esa presunta
noticia forma parte de la estrategia de conseguir que el caso Gürtel se convierta en otro caso Naseiro.
La ley prevé que los jueces pueden y
deben investigar mientras se dirime la competencia por parte de un tribunal
superior, en este caso la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Pero para
ello, cada magistrado debe pronunciarse previamente. Una vez que lo han hecho,
el tema pasa a la sala para que decida.
Pero la disputa todavía no ha llegado
a ese punto. Mientras lleva adelante sus diligencias, el juez Gómez Bermúdez
solicita el 19 de marzo al juez Ruz que se inhiba. Sin contestar a esa
petición, este cita a Bárcenas a declarar el viernes 22 de marzo, adelantándose
a Gómez Bermúdez que en su querella ya citaba su comparecencia inicialmente,
junto con la de los demás querellados, para los días 25, 26 y 27 de marzo.
El martes, día 19 de marzo, el
abogado de Bárcenas, Alfonso Trallero, se encuentra por otro caso en la
Audiencia Nacional. Solicita hablar con Gómez Bermúdez.
- Señoría, aprovecho que estoy por
otro asunto para preguntarle por la comparecencia de mi cliente, Luis Bárcenas,
en este juzgado.
- ¿Qué quiere saber?
- Verá, es que me ha pedido si puede
venir a declarar antes de las fechas que usted ha anunciado. Tiene que acudir a
la Audiencia Nacional pasado mañana, viernes, ya que está citado por otro juez,
y prefiere comparecer ante usted el mismo día para no tener que venir dos
veces. De todas maneras, le puedo decir que será muy breve. Gómez Bermúdez no
ve razón para decir que no. Y pide a su secretaria que fije la nueva fecha en
una providencia. Es citado a declarar el viernes 22 de marzo a las 12,00 horas,
después de la hora fijada para su comparecencia ante el juez Ruz.
La Fiscalía General del Estado y la Fiscalía
Anticorrupción dejan saber a varios medios de comunicación que es una situación
bochornosa, esperpéntica, dos jueces luchando a brazo partido para tomar
declaración a Bárcenas. Y afirma que ya se ha
opuesto a la declaración del extesorero que el juez Gómez Bermúdez ha anunciado
al admitir la querella de Izquierda Unida.
En paralelo, trasciende en la
Audiencia Nacional que el juez Gómez Bermúdez podría enviar a prisión a Luis
Bárcenas al término de su comparecencia del viernes 22 de marzo. Las informaciones
precisan que el juez, al contemplar las alternativas, redacta el borrador de un
auto de prisión, en el que admitiría una libertad bajo fianza de 38 millones de
euros, la suma que Bárcenas dice tener en el extranjero al prestar declaración
exclusivamente sobre sus cuentas en Suiza ante el juez Ruz el 25 de febrero de
2013.
El diario El Mundo titula el jueves 21 de marzo con la
palabra «Esperpento». Dicho periódico considera a Gómez Bermúdez como el
verdugo de su teoría de la conspiración sobre el 11-M, una teoría según la cual
el atentado podría ser el producto de una imaginaria relación entre la banda
terrorista ETA y el comando terrorista islamista. Gómez Bermúdez ha sido el
presidente del tribunal y ponente de la sentencia sobre la masacre de Atocha.
Esa misma mañana del jueves 21 de marzo,
a primera hora, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, llama por teléfono a
Gonzalo Moliner, presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del
Tribunal Supremo. Es un rato antes del pleno que ese día tiene previsto
celebrar el Consejo, y del cual está informado Rajoy.
El presidente del Gobierno está interesado,
a veinticuatro horas de la doble comparecencia judicial del extesorero nacional
del PP, Luis Bárcenas, en conocer la disputa entre jueces que tiene lugar en la
Audiencia Nacional por la competencia del caso Gürtel y los Papeles de Bárcenas. Está interesado por e l esperpento, hábil presentación del asunto.
Moliner le explica que no conoce los
antecedentes del problema y que, por tanto, no sabe si el CGPJ debería actuar.
Tras recibir la preocupación de
Rajoy, el presidente del CGPJ quiere conocer la situación procesal, un tema que
le es bastante ajeno. Llama, pues, a una persona de confianza. Se trata de su
amigo Javier Zaragoza, fiscal jefe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.
Aunque el tema de Gürtel y Bárcenas lo lleva la Fiscalía
Anticorrupción, Zaragoza sabe lo que pasa. Le explica a Moliner que no hay
todavía planteada una cuestión de competencia en la sala de lo Penal de la
Audiencia Nacional. Y que, por tanto, los dos jueces siguen instruyendo las
causas hasta que se plantee la
cuestión. La conclusión es que el
CGPJ nada puede hacer. Moliner, por su parte, mantiene su discreción sobre la
llamada de Rajoy entre los miembros del CGPJ. El pleno se celebra sin problemas.
Más tarde, Moliner comenta con una persona de su confianza en el CGPJ, la llamada
del presidente del Gobierno.
La Fiscalía Anticorrupción recurre
esta misma mañana del jueves 21 de marzo la decisión del juez sobre el cambio
de día en la citación de Bárcenas y apela directamente a la sección segunda de
la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, encargada de resolver los recursos
del Juzgado nº 3, el de Gómez Bermúdez. Como no cabe legalmente recurso de
apelación ante la providencia, el juez se abstiene de tramitar la solicitud de
la Fiscalía Anticorrupción ante la sala. Pero el fiscal Antonio Romeral, a
cargo del asunto, acude directamente a la sección segunda, integrada por los
magistrados Ángel Hurtado, Julio de Diego y Enrique López. Uno de ellos,
Enrique López, ha colaborado directamente con el PP en la Fundación FAES y ha
sido candidato del partido para ser magistrado en la próxima renovación,
largamente pendiente, del Tribunal Constitucional. Romeral les pide por escrito
la suspensión cautelar de la declaración de Bárcenas ante Gómez Bermúdez.
Invoca la existencia de un conflicto de competencia. Sin embargo, no pide, en atención a ese
conflicto, la suspensión de la declaración de Bárcenas ante Ruz, ya que el tema
estaría, en teoría, por decidir.
La sección segunda, en tiempo
récord, acoge la suspensión cautelar, un paso procesal inventado ad hoc, y en menos de una hora prohíbe a
través de un brevísimo auto al Gómez Bermúdez tomar declaración a Bárcenas al
día siguiente.
¿Cómo ha podido ocurrir esto? ¿Acaso
puede acudir un fiscal sin previo aviso a la sección segunda? ¿Cómo se puede
poner en marcha una operación que funciona como un mecanismo de relojería en
pocas horas de la mañana del jueves 21? ¿Se puede pasar por encima del
presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, y del presidente de la sala
de lo Penal, Fernando Grande-Marlaska? ¿Quién avisa a la sección segunda de lo
Penal, al presidente de la misma, Ángel Hurtado, o a Enrique López, el
candidato oficial del PP al Tribunal Constitucional, de que reciban el escrito
de Romeral? Se trata, por supuesto, de una
operación donde cada uno juega su papel sin pérdida de tiempo. La sección
segunda está debidamente alertada para que haga lo que tenga que hacer.
Impedir la declaración de Bárcenas
ante Gómez Bermúdez. El juez está tomando una caña con Javier Zaragoza, fiscal
jefe de la Audiencia Nacional, varios fiscales, un policía y un guardia civil,
cuando recibe un mensaje, sobre la 1,30 horas, de que la sección se ha reunido
para decidir la suspensión de la declaración de Bárcenas en su juzgado. A las 15
horas llega a su secretaría el auto de que se ha suspendido esa declaración.
Como la sala de lo Penal no tiene soberanía
aún sobre el conflicto de competencia -el juez Ruz no ha contestado ese jueves
21 la petición de inhibición que le ha dirigido Gómez Bermúdez-, da así, con
esta resolución, un golpe de mano sin precedentes en la Audiencia Nacional. La
declaración, pues, no tiene lugar.
El mismo jueves 21, al recibir
noticias de lo que ocurre en el CGPJ y la Audiencia Nacional, empiezo a
escribir una información para el diario El País. El periódico ha recibido noticias coincidentes. Una
consulta a La Moncloa y al CGPJ logra los mismos resultados. Desmienten la
llamada telefónica de Mariano Rajoy a Gonzalo Moliner.
Bárcenas explica esa noche del
viernes 22, tras negarse a declarar en la Audiencia Nacional, que se ha creado
una situación «kafkiana» en la que dos jueces le han llamado a declarar el
mismo día y que en adelante ya no está dispuesto a prestar declaración, ya que
ni siquiera sabe de los delitos que le imputan. Él es quien ha «creado la
situación», el «esperpento», al solicitar su letrado anticipar la declaración
ante Gómez Bermúdez para no tener que acudir dos veces a la Audiencia Nacional.
Ahora, es él quien saca partido de estos hechos.
Aunque existen cada vez más indicios
de que la comunicación entre Rajoy y Moliner ha tenido lugar, escribo un
artículo para El País ese viernes 22, que se publica al
día siguiente, sábado 23 de marzo, sin mencionar dicha comunicación.
He aquí el texto:
Que la sección segunda de la sala de
lo Penal de la Audiencia Nacional estaba predispuesta a darle la competencia al
juez Pablo Ruz para investigar los llamados Papeles de Bárcenas, el extesorero nacional del PP, en el
marco del caso Gürtel, no es un secreto. Que lo hará cuando
toque, quizá a finales de la semana próxima, tampoco es difícil de adivinar.
Ahora bien, cuando lo que está en
juego es la investigación de una trama de corrupción que afecta al partido en
el Gobierno, es necesario extremar más que nunca el respeto escrupuloso de la
ley y las normas procesales. Problema: la Fiscalía Anticorrupción y la sección
segunda han cocinado un golpe de mano sin precedentes en la Audiencia Nacional
al anular el pasado
jueves mediante una operación
fulminante la declaración de Luis Bárcenas ante el juez Bermúdez. ¿Que el fin
de garantizar la competencia para el juez Ruz justifica los medios usados? La
respuesta es: de ninguna manera.
Veamos la secuencia de los hechos.
Bárcenas estaba citado a declarar
ante el juez Gómez Bermúdez el próximo lunes. El pasado miércoles, Alfonso
Trallero, abogado del extesorero del PP, se presenta ante el juez y le pregunta
si tiene inconveniente en que su cliente declare el viernes (por ayer), ya que estaba
citado a declarar ante el juez Ruz. El juez no ve obstáculo y dicta una
providencia en la que da cuenta del cambio de día.
La Fiscalía Anticorrupción fabrica
la imagen del «esperpento», un producto que vende, mediante sus medios de
comunicación afines y un recurso de apelación fantasma (porque no cabe) contra
la providencia, a la sección segunda de la sala de lo Penal. Esta, bien
preparada, se reúne de urgencia y resuelve a través de un auto la suspensión
cautelar de la declaración de Bárcenas ante el juez Gómez Bermúdez.
No existe precedente de este tipo de
irrupción «cautelar», en esta fase procesal, como elefante en cacharrería. El
auto lo deja en evidencia. No puede citar ningún precepto legal. Se limita a
disfrazar su decisión con una apariencia legal, al invocar el artículo 22 de la
ley de Enjuiciamiento Criminal, que presenta de facto manipulada, adulterada,
quizá por la premura. Sostiene que Bermúdez solo podría adoptar medidas
«urgentes». Y que la declaración de Luis Bárcenas no lo es. ¿Es acaso verdad?
De ninguna manera. Dice la ley: «Cuando dos o más jueces de instrucción se
reputen competentes para actuar en un asunto, si a la primera comunicación no se
pusieren de acuerdo sobre la competencia, darán cuenta con remisión de
testimonio al superior competente; y este, en su vista, decidirá de plano y sin
ulterior recurso cuál de los jueces instructores debe actuar. Mientras no
recaiga decisión, cada uno de los jueces instructores seguirá practicando las
diligencias necesarias para comprobar el delito y aquellas otras que considere
de reconocida urgencia». Está, pues, muy claro. Apliquemos la ley.
Uno: no ha recaído decisión, es
decir, el tema todavía no está en manos del tribunal superior, esto es, la
sala; ergo, no puede hacer un intervencionismo forzado. Dos: los jueces pueden
seguir practicando las diligencias, las necesarias y las otras «urgentes».
¿Y quién puede negar que entre las diligencias
necesarias está, ante todo, la de llamar a prestar declaración al imputado? El paso
de Gómez Bermúdez por esta historia será breve. Pero sus decisiones han tenido
el mérito de retratar a todos, aunque solo sea por el pánico que ha diseminado
aquí y allá. A la Fiscalía, que primero consideró inconexos el caso Gürtel y los papeles de Bárcenas; al juez que rechazó incorporar esos
papeles, como pedía el Partido Socialista de Valencia; y al PP, que está
personado y que consideró también que ambos asuntos carecían de conexidad. Han descubierto
la conexidad cuando apareció el juez Gómez Bermúdez. Bienvenida sea la conexidad,
pero no los medios para apartar a otro juez cuando todavía no era el momento procesal
oportuno.
El viernes 22 de marzo, el juez Ruz contesta
la solicitud de inhibición que le ha dirigido a comienzos de semana Gómez Bermúdez.
Se reafirma en que él es competente y se apoya para justificar su competencia
en una serie de indicios que aporta la Policía Judicial sobre las relaciones entre
el caso Gürtel y los Papeles de Bárcenas. El lunes 25 de marzo, Gómez Bermúdez
redacta el auto en el que eleva a la sala de lo Penal el conflicto de
competencia.
Según explica, la trama de empresas
del caso Gürtel, donantes del PP, «es una parte del todo».
El juez explica, también, que el PP es acusador en las diligencias del caso Gürtel que lleva el juez Ruz, «de modo que
no puede ser investigado en una pieza separada porque es incompatible su
posición activa y pasiva en el mismo proceso». El juez recuerda que el 11 de marzo
de 2013 el PP se opone a pedir a la UDEF informe sobre las conexiones entre Gürtel y los Papeles de Bárcenas. Y más tarde recurre la decisión.
Solo desiste del recurso cuando conoce que Gómez Bermúdez ha admitido la
querella de Izquierda Unida a trámite.
El presidente de la sala de lo Penal
de la Audiencia Nacional, Fernando Grande-Malaska, tras recibir la cuestión de
competencia, adopta el acuerdo, el lunes 25 de marzo, de que la que resuelva
sea la sección tercera de la sala de lo Penal. Según explica en el expediente gubernativo,
la sección segunda, la que ha prohibido la declaración de Bárcenas ante Gómez
Bermúdez, será la encargada de juzgar el caso Gürtel una vez que se termine la instrucción y se abra el
juicio oral. Solo queda para resolver el problema de la competencia, una
sección sin «contaminar» por decisiones adoptadas durante la instrucción: la
tercera.
La sección tercera, presidida por el
magistrado Alfonso Guevara, y las juezas María de los Ángeles Barreiro y Clara
Bayarri, convoca a una vista pública para el día martes 26. La prisa es mala
consejera. Porque se salta las 24 horas que debe dar a las partes antes de la
sesión. Al advertírsele, cambia la fecha para un día después, el miércoles 27
de marzo de 2013. La decisión es un plato precocinado. El mismo día, tras la
vista, la sección tercera, baja el pulgar contra Gómez Bermúdez y ofrenda a Ruz
con la investigación con el argumento de que hay conexidad, sin mayor análisis.
La magistrada Clara Bayarri
discrepa.
Explica en un voto particular que la
causa de los Papeles
de Bárcenas, recogida en
la querella de IU, corresponde al juez Gómez Bermúdez, y desmenuza los
argumentos que ha dado el citado magistrado contra los indicios de conexidad.
Mientras el juez Ruz pretende investigar los sobresueldos a dirigentes del PP, explica
la magistrada, Gómez Bermúdez pretende indagar en «las operaciones
fraudulentas relativas a la existencia de una correspondencia entre entradas de
dinero procedente de empresas y empresarios y la adjudicación de obra pública o
contratos con la administración en el mismo entorno temporal, de modo que los
empresarios querellados, así como los gerentes y tesoreros del Partido Popular
durante la fecha a la que los hechos de la querella se refieren, son los
imputados en las diligencias». También deja constancia del hecho anómalo de que
se puedan considerar ambos casos un mismo asunto cuando el PP ejerce la
acusación particular contra Francisco Correa en el caso Gürtel mientras que en la querella de IU
aparece como querellado.
Con todo, la decisión de la sección tercera
no admite recurso.
El juez Javier Gómez Bermúdez tiene
una aparición fugaz de un mes en las diligencias, pero su papel de actor de
reparto es un revulsivo. Moviliza a todas las fuerzas del averno contrarias a
profundizar en la investigación, pero al tiempo abre el camino al caso Bárcenas.
La causa, pues, sigue su camino. El
juez Ruz, en una de sus primeras medidas posteriores a la confirmación de su competencia,
rechaza un recurso extemporáneo de Francisco Correa, al que se unen Luis Bárcenas,
Alfonso García-Pozuelo, Adolfo López Viejo y Alfonso Bosch, para anular todo el
caso por la presunta vulneración de derechos fundamentales de las grabaciones que
José Luis Peñas y su abogado, Ángel Galindo, aportan a la policía judicial
aquel ya lejano 7 de noviembre de 2007, y que abrieron el camino a la
investigación. Bárcenas y Correa han hecho ahora un pacto más amplio: amenazan
con tirar de la manta juntos.
Estamos al comienzo del caso del
Gran Recaudadador.
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